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 Las prestaciones que concede la ABEBE son:  La prestación del capital asegurado a sus asociados de número por fallecimiento, en las cuantías y condiciones que reglamentariamente se determinen, en la actualidad la cantidad máxima es de 7.500 euros.  La concesión de préstamos, anticipos y ayudas a los asociados de número, en las cuantías y condiciones que reglamentariamente se determinen.       

           PRÉSTAMOS     

  

  

  

 Condiciones La cantidad máxima a solicitar es de 7.500 euros.  El tipo de interés vigente es el 1% anual, sin ningún otro gasto adicional. El plazo de reintegro máximo es de cinco años pudiéndose solicitar por periodo inferior en número de meses completos, incluyendo dicha circunstancia en el impreso de solicitud. El método de amortización es el de cuotas amortizativas constantes (mensualidades decrecientes).   El reintegro del préstamo se realizará descontando de la nómina o pensión ordinaria los importes que resulten en el cuadro de amortización del préstamo en los plazos que se hayan solicitado. Los socios jubilados que no pertenezcan a la Mutualidad de Empleados del Banco de España, podrán cumplimentar igualmente este impreso, teniendo en cuenta que los descuentos mensuales para amortización del préstamo serán deducidos de la misma cuenta corriente que sea facilitada para el abono del mismo.  

   

   Requisitos Es necesario ser socio con un año de antigüedad o haber pagado el equivalente a un año de cuotas.  Se puede acceder al impreso de solicitud en el menú Inicio, en el apartado 'IMPRESOS' o desde el botón 'Impresos' en la zona inferior de esta sección. Podrá rellenarse por pantalla e imprimirse, o tambien imprimirlo en blanco para cumplimentarlo a mano (hacerlo en Mayúsculas) o mecanografiarse.  La solicitud se remite a la dirección indicada al final para los empleados de Madrid, y para los de Sucursales a través de los diferentes delegados que la Asociación tiene en cada una de ellas. En las provincias donde no exista sucursal del Banco de España, los socios pueden remitirnos la documentación por correo ordinario. NOTA IMPORTANTE: Es obligatorio rellenar en el documento de solicitud, el campo 'extensión tel.', pues la Asociación se podrá poner en contacto telefónico con el solicitante, a efectos de comprobación de datos y trámites subsiguientes de dicha solicitud.  

                                            PERCEPCIÓN DEL CAPITAL ASEGURADO (antiguo Auxilio)    

  

  

  

  

 

  

  

  

 

   TRÁMITACIÓN El seguro es uno de los fines sociales de esta Mutualidad. Se puede acceder al impreso de solicitud en el menú principal, en el apartado 'IMPRESOS'' o desde el botón 'Impresos', que podrá rellenarse por pantalla e imprimirse o imprimirlo en blanco y cumplimentarse a mano o mecanografiarse.  La solicitud se remite a la dirección indicada al final para los empleados de Madrid, y para los de Sucursales a través de los diferentes delegados que la Asociación tiene en cada una de ellas. En las provincias donde no exista sucursal del Banco de España, los socios pueden remitirnos la documentación por correo ordinario.  Documentación a aportar: - Fotocopia del certificado de defunción del socio. - Fotocopia de disposición testamentaria (si la hubiere) o certificado de últimas voluntades. - En caso de varios beneficiarios, si hubiere/n fallecido alguno/s, fotocopia de partida de defunción del/de los mismo/s. - Caso de varios beneficiarios y deseo de un solo abono en cuenta, autorización firmada por todos, hacia el autorizado.    

  

  

  

 

  

  

  

 

   ANTICIPO SOBRE EL CAPITAL ASEGURADO Una vez que el socio pasa a la situación de jubilado o prejubilado por la Mutualidad de Empleados del Banco de España o, aunque no pertenezca a la Mutualidad, puede solicitar un anticipo a cuenta del capital final asegurado. La cantidad a percibir es de 300 €. Actualmente es requisito obligado para su concesión, el solicitarlo dentro del periodo de un año desde la fecha de pase a prejubilado o jubilado. Se puede obtener el impreso de solicitud en el menú principal, en el apartado 'IMPRESOS' o desde el botón 'Impresos' de esta página, que podrá rellenarse por pantalla e imprimirse o imprimirlo en blanco y cumplimentarse a mano o mecanografiarse.  La solicitud se remite a la dirección indicada al final para los empleados de Madrid, y para los de Sucursales a través de los diferentes delegados que la Asociación tiene en cada una de ellas. En las provincias donde no exista sucursal del Banco de España, los socios pueden remitirnos la documentación por correo ordinario.                                        DESIGNACIÓN BENEFICIARIOS SEGURO VIDA DIRECCIÓN DOMICILIO SOCIAL       Estatutariamente está recogida la posibilidad de que cada socio designe al beneficiario o beneficiarios finales del seguro de vida del cual es tomador.  Dicha designación debe constar en los archivos de la Asociación y debe hacerse llegar al Presidente de la Asociación para su custodia y cumplimiento.  Dicha designación se realizaría en una carta manuscrita dirigida al Presidente de la ABEBE, indicando el o los beneficiarios así como sus datos personales. En su defecto siempre se asume que los beneficiarios del seguro son los herederos legales.    A.B.E.B.E Alcalá, 48  Edificio tradicional 2ª planta  Apartado 15 28014 MADRID email: correo@abebe.es     

  

  

  

  

  

  

  

  

  

  

  

  

  

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